Forman parte del paquete lanzado hoy, que incluye además suba de las tasas de interés para plazos fijos y la importación de alimentos para reducir la inflación
Por Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios
Muchas micro, pequeñas y medianas empresas tienen importantes problemas financieros y económicos producto de la situación económica actual.
En ese contexto, el Gobierno anunció medidas de Alivio Fiscal para más de 650.000 empresas que encuadran en esas categorías.
Algunas medidas también abarca a otros contribuyente.
Se van a otorgar planes de facilidades de pago para deudas cuyo vencimiento operó al 30/04/2023.
Esto permitirá un alivio financiero, especialmente para las pymes.
Si bien hay que esperar a la normativa, seguramente no se podrán incluir en los planes la deuda del IVA diferido cuyo vencimiento opere a partir del 1/5/2023. Es decir, el IVA del Período Fiscal marzo 2023 se presentó en abril pero como la deuda es exigible en junio, no podría incluirse en el plan.
Tampoco se podrán incluir los anticipos del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales que ya vencieron y corresponden al Período Fiscal 2022.
No hay condonación de intereses ni multas.
Si bien, una medida de ese tipo podría ser necesario para algunas pymes, para ello se requiere una ley del congreso nacional y no puede disponerse por Decreto ni por Resolución General de la AFIP.
A través de los nuevos planes no se podrán refinanciar planes de pago vigentes, es decir, esas deudas se deberán continuar pagando normalmente.
La cantidad de cuotas y la tasa de interés dependerá de las características del contribuyente y de la deuda
Las micro y pequeñas empresas podrán solicitar planes de entre 12 y 84 según el tipo de deuda y la tasa de financiamiento será del fijo del 3,55%
Las medianas empresas tramo 1 podrán solicitar planes de entre 6 y 48 según el tipo de deuda y la tasa de financiamiento será del fijo del 4,73%
El resto de las empresas podrán solicitar planes de entre 3 y 36 según el tipo de deuda y la tasa de financiamiento será del fijo del 5,71%
Dado que la tasa es fija y inflación está en torno al 8% mensual y supera el 100% anual, la deuda se irá licuando por la inflación.
Esto implica que a las empresas les será conveniente solicitar la mayor cantidad de cuotas posibles.
Una cuestión importante es que ninguna empresa podrá realizar operaciones de contado con liquidación ya que si las realizan, los planes le será declarados caducos.
Esto busca evitar que aquellas empresas que tienen fondos no soliciten planes de pago a la AFIP y utilicen los mismos para comprar dólares y enviarlos al exterior.
Por otro lado también se tomarán medidas de alivio para el caso de los planes de pago de la Ley 27653 que amplió la moratoria establecida por la Ley 27.541 y su modificatoria, con el fin de permitir a las personas y empresas financiar sus deudas en el complejo contexto económico de Argentina debido a la pandemia.
Dado que desde abril 2023 se toma la tasa BADLAR y la misma está en torno al 72% anual, se ha generado un gran problema para las pymes ya que las cuotas se han incrementado hasta un 280%.
La medida de alivio fiscal dispone generar una espera para parte del aumento de los intereses.
Cantidad de Cuotas del Plan |
Deuda Incluida en Plan |
Cuota de Abril y Mayo |
Cuota Junio a Diciembre |
120 |
$ 1.200.000 |
$ 71.500 |
$ 32.500 |
120 |
$ 5.400.000 |
$ 336.000 |
$ 154.400 |
89 |
$ 100.000 |
$ 5.600 |
$ 2.860 |
68 |
$ 68.000 |
$ 4.400 |
$ 2.405 |
La diferencia de las cuotas no es que se condone sino que se establece una espera y que se deberá cancelar más adelante, probablemente, sin intereses adicionales.
Mientras este tiempo transcurre, se espera que el Congreso Nacional sancione una ley modificando la tasa de interés y condone la deuda.
Esta medida es muy importante debido a que muchas pymes están en una situación delicada económica y financieramente y debería tomarse también para la cuota que está venciendo el 16 de mayo.