El Banco Central resolvió limitar todavía más el acceso al mercado cambiario a las empresas. Busca frenar la pérdida de reservas y achicar la brecha cambiaria.
Según el BCRA, las empresas habrían demandado unos USD 2.000 millones del mercado cambiario para adelantar el pago de importaciones. Éste sería uno de los motivos que provocó una fuerte pérdida de reservas a partir de mediados de abril y se busca frenar.
Otra de las medidas dispuestas está relacionada con el pago de deudas en el exterior. Si una empresa tiene que enfrentar una obligación, primero tendrá que liquidar los activos que haya originado en la “formación de activos externos”. Para eso podrá vender los bonos o acciones adquiridos directamente en el exterior o también podrá ingresarlos a través del mercado bursátil, es decir con la cotización del mercado “contado con liquidación”.
Según cálculos de los técnicos del Central, de los USD 20.000 millones que las empresas adeudan en moneda extranjera, prácticamente la mitad podría ser afrontada a través de este mecanismo en vez de recurrir al mercado oficial de cambios. La medida no sólo reduce la presión sobre el mercado cambiario, sino que además tendría que colaborar para aumentar la oferta en el mercado de “contado con liquidación”.
A continuación, los principales puntos incluídos en la Comunicación “A” 7030 que definió ayer el directorio del BCRA (https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7030.pdf):
. Las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior.
. Se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.
. Adicionalmente, el Directorio dispuso nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes. Las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020.
. El Gobierno se encuentra realizando importantes esfuerzos de asistencia a empresas afectadas por la crisis generada por el COVID 19, a través de diversos instrumentos como el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), la línea de crédito MiPyMEs con tasa subsidiada de 24% y la línea de créditos a tasa 0% para monotributistas y autónomos. El propósito del BCRA es garantizar que estas medidas estimulen el trabajo y producción local y evitar su abuso en la cancelación de obligaciones con el exterior.
. Para certificar las obligaciones dispuestas se requerirá la presentación de una Declaración Jurada, la cual será verificada mediante el cruzamiento de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio), en caso de falsedad se bloquerá el acceso al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes.