Rigen nuevas restricciones para la compra de dólares por mecanismos bursátiles

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Los ahorristas y empresas que quieran dolarizarse tendrán que mantener los títulos por lo menos cinco días, bajo el sistema de “parking”. Hasta ahora esa obligación era para vender divisas a través de la Bolsa.

 

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso un plazo mínimo de tenencia de 5 días hábiles -contados a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables-  como requisito para dar curso a operaciones de VN con liquidación en moneda extranjera, y para efectuar sus transferencias a entidades depositarias del exterior.

De acuerdo con la Resolución General N° 841/2020 aprobada hoy por el directorio del organismo, el plazo mínimo no resultará aplicable en caso de compra de valores en moneda extranjera y su venta en moneda extranjera contra la misma jurisdicción de liquidación que la compra.

El objetivo de la medida es desalentar la dolarización a través de la operatoria de “dólar Bolsa” como también “contado con liquidación”. Así se busca deprimir las cotizaciones a través del mercado financiero, que ya dejó de ser “libre”. El peligro es que esas transacciones terminen al menos parcialmente desviándose en el mercado informal o “blue”, que pasaría a ser la única referencia válida para el verdadero valor del dólar.

La medida se fundamenta en la necesidad “de favorecer especialmente los mecanismos que fomenten el ahorro nacional y su canalización hacia el desarrollo productivo y propender a la integridad y transparencia de los mercados de capitales y a la inclusión financiera”.

Entre los considerandos de la RG, el directorio de la CNV menciona los efectos de la pandemia por coronavirus COVID-19 “y su impacto sobre el contexto económico imperante”, que profundizan “la necesidad de adoptar decisiones extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores”.

Argumenta además que a partir de las tareas de monitoreo realizadas por la CNV, en el ámbito de su competencia y en cumplimiento de lo requerido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) “ en cuanto la adopción de medidas alineadas con lo normado por dicha entidad a los fines de evitar prácticas y operaciones elusivas, se han verificado operaciones instrumentadas a través de la compraventa de Valores Negociables que tienen por objeto eludir las restricciones al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera”.

 

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