En Argentina, el acuerdo se aplicará sobre los impuestos a las Ganancias; a la ganancia mínima presunta; y sobre los Bienes Personales.
El Gobierno promulgó el acuerdo alcanzado con Qatar, plasmado en la Ley 27.608 aprobada a fin del año pasado por el Congreso, para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, a través del decreto 16/2021 publicado en el Boletín Oficial.
El acuerdo se aplicará a los impuestos sobre la renta y el patrimonio establecidos por alguno de los dos estados, o cualquiera de sus subdivisiones políticas o autoridades locales, cualquiera sea el sistema establecido para su recaudación.
En Argentina, el acuerdo se aplicará sobre los impuestos a las Ganancias; a la ganancia mínima presunta; y sobre los Bienes Personales.
En Qatar, por su parte, se empleará en el impuesto sobre la renta.
El objetivo del acuerdo es que personas y empresas no paguen dos veces estos impuestos por compartir residencia, actividad profesional o empresaria, y tener bienes en ambos países.