Los sujetos alcanzados son las Plataformas de Financiamiento Colectivo, los Agentes Asesores Globales de Inversión y las personas humanas o jurídicas que actúen en la colocación de Fondos Comunes de Inversión o de otros productos de inversión colectiva.
La CNV adecúa mediante la RG 816 la normativa relativa a prevención del lavado de dinero y financiación del terrorismo, con la finalidad de incluir los nuevos sujetos obligados contemplados en la Ley 25.246 y en la Resolución UIF 21/2018.
Esos sujetos son las Plataformas de Financiamiento Colectivo, los Agentes Asesores Globales de Inversión y las personas humanas o jurídicas que actúen en la colocación de Fondos Comunes de Inversión o de otros productos de inversión colectiva.
Asimismo y con el fin de fiscalizar de manera transparente y ágil, y aprovechando las herramientas tecnológicas disponibles en el Organismo, se instrumenta la forma de envío de información y documentación por parte de los sujetos obligados.
Adicionalmente, a los fines de simplificar la documentación que deben presentar las personas que deseen inscribirse en alguna de las categorías de sujetos previstas por la Normativa se reformulan los requisitos de Idoneidad, Integridad y Solvencia.
Se incorporan modificaciones respecto de las “Modalidades de Pago y Entrega y Recepción de Fondos” de los clientes, contemplando la posibilidad de operar a través de plataformas tecnológicas, previendo que su utilización contribuya al desarrollo del mercado de capitales.
A efectos de simplificar y permitir la movilidad de fondos en el mercado de capitales se permite a los agentes transferir los fondos de sus clientes a otro agente, con la debida autorización.