Fijan en dólares un seguro de vida para evitar su devaluación

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El magistrado fijo en US$ 40.000 el seguro de vida de un hombre que falleció en un accidente de tránsito y que en 2009 establecía un techo de $ 125.000 que equivalían a US$ 34.000.

El juez interino en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral con asiento en la localidad puntana de Concarán, Javier Corigliano, fijó en dólares el límite de cobertura establecido en un contrato de seguro en caso de fallecimiento para “que se respete el valor de la vida”.

El magistrado fijo en US$ 40.000 el seguro de vida de un hombre que falleció en un accidente de tránsito y que en 2009 establecía un techo de $ 125.000 que equivalían a US$ 34.000, consignó la agencia de noticias Telam.

El juez aseguró que el litigio “debe ser una forma de resolución de conflictos, no un método de licuar deudas y obligaciones, porque determinar el tope de la responsabilidad en ese monto constituye un verdadero premio al litigio eternizante y un estímulo al incumplimiento de las obligaciones asumidas”.

“De haberse mantenido el valor inicial del límite de cobertura, las víctimas recibirían hoy la suma de US$ 3.000”, aclaró el magistrado, y agregó que no era posible dictar una sentencia en términos de justicia si la cifra pretendida por la muerte del hombre de poco menos de $ 650.000 constituía “una afrenta al sentido común”.

La causa se inició el 3 de julio de 2009, cuando un hombre perdió la vida en un accidente de tránsito y sus dos hijas, con discapacidad, quedaron a la guarda de su tía, ya que su madre había fallecido anteriormente.

La tía de las menores inició acciones legales contra la compañía aseguradora y luego de años de litigio, “la aseguradora perdió el juicio, ordenándosele el pago de la correspondiente indemnización”, explicó el juez.

“En ese momento la compañía manifestó que pagaría únicamente hasta el límite de cobertura determinado en la póliza en caso de muerte; esto es, $ 125.000 la cual, actualizada a la fecha del fallo, era poco menos de $ 650.000”, precisó Corigliano.

En su sentencia, explicó que, en una situación, el transcurso del tiempo y la consecuente desvalorización monetaria conduce a que el monto termine siendo inferior al valor o al interés asegurable.

Luego de analizar las constancias de la causa, el magistrado advirtió que en la misma póliza el monto original de la limitación para accidentes en el extranjero ascendía a US$ 40.000, un valor equivalente al establecido para los siniestros dentro del país.

“No podemos afirmar que la vida de una persona en Argentina valga menos que en cualquier otro país del Mercosur. ¿Por qué, pagando el mismo valor de póliza, habría de pagarle menos a un damnificado en Argentina que a otro en Brasil, Chile o Paraguay, por ejemplo?”, argumento el magistrado.

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