La norma indica que “es necesario modificar los índices de actualización ya que los mismos, en la actualidad, no permiten a los tomadores de crédito sostener condiciones que mantengan a lo largo del tiempo una correspondencia entre el valor de las cuotas y los ingresos familiares”.
El actualizado programa Procrear, que prevé una inversión de 25.000 millones de pesos, con el objetivo de garantizar el derecho a la vivienda y promover su acceso igualitario, quedó oficializado este miércoles con su publicación en el Boletín Oficial, con especificaciones técnicas como la incorporación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) a los índices que se utilizan para ajustar créditos hipotecarios, contratos de obra y otros instrumentos.
Se trata del Decreto 643/2020, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de todos los ministros, y que plasma lo anunciado ayer en un acto realizado en la residencia de Olivos.
“Se busca recuperar el Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familar (Pro.Cre.Ar), con sus mejores prácticas, dentro de una política de desarrollo que tiene como pilares fundamentales la creación de empleo así como mejorar las condiciones de vida de la población”, señala la norma en sus considerandos.
La norma indica que “es necesario modificar los índices de actualización ya que los mismos, en la actualidad, no permiten a los tomadores de crédito sostener condiciones que mantengan a lo largo del tiempo una correspondencia entre el valor de las cuotas y los ingresos familiares”.
En tal sentido, señaló que “resulta conveniente incorporar el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) que mide la evolución de los salarios, como otro índice idóneo para ajustar los créditos hipotecarios y demás instrumentos en las operaciones que realice el Fondo Fiduciario Público Procrear”.
Esto alcanza a préstamos con garantía hipotecaria y financiaciones de saldo de precio de boletos de compraventa de terrenos, lotes o parcelas u otros inmuebles.
También a valores negociables con o sin oferta pública, por plazos no inferiores a dos años, y a contratos de obra o aquellos que tengan por objeto el desarrollo de actividades relacionadas con la construcción, comercialización y financiamiento de inmuebles, obras de infraestructura y desarrollos inmobiliarios, todos por plazos no inferiores a dos años.
El decreto precisa que “el sector de la construcción tiene gran capacidad de generación de puestos de trabajo”, y subraya que “por este motivo, las políticas públicas que facilitan su financiamiento y el incremento de la obra pública producen un importante efecto económico multiplicador sobre el producto y el empleo”.