Se aplicará desde el 1 de septiembre. El ministro de Economía anunció que es la primera de una serie de medidas destinadas a reducir el costo argentino en los próximos 30 días
Desde el 1 de septiembre, y como consecuencia de la reglamentación del paquete fiscal, el ministerio de Economía definió que ya no habrá más retenciones a cuenta de IVA y Ganancias a los comercios.
La norma que será publicada en el Boletín Oficial esta semana implica que se dejan sin efecto los regímenes de retención mencionados para los pagos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive.
La medida tendrá impacto, según aclaró Luis “Toto” Caputo, en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, incluyendo a los agrupadores, agregadores y demás procesadores de medios electrónicos de pago.
El artículo 102 del paquete fiscal definía estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 UVA, pero ahora se extendió a todo el universo comercial.
“Éste es el primer paso de una serie de medidas que reducirán significativamente el costo argentino y que iremos anunciando en los próximos 30 días”, aseguró Caputo.
“La medida -agregó- representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina. Permitirá fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos”.
Se aplicará desde el 1 de septiembre. El ministro de Economía anunció que es la primera de una serie de medidas destinadas a reducir el costo argentino en los próximos 30 días
Desde el 1 de septiembre, y como consecuencia de la reglamentación del paquete fiscal, el ministerio de Economía definió que ya no habrá más retenciones a cuenta de IVA y Ganancias a los comercios.
La norma que será publicada en el Boletín Oficial esta semana implica que se dejan sin efecto los regímenes de retención mencionados para los pagos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive.
La medida tendrá impacto, según aclaró Luis “Toto” Caputo, en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, incluyendo a los agrupadores, agregadores y demás procesadores de medios electrónicos de pago.
El artículo 102 del paquete fiscal definía estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 UVA, pero ahora se extendió a todo el universo comercial.
“Éste es el primer paso de una serie de medidas que reducirán significativamente el costo argentino y que iremos anunciando en los próximos 30 días”, aseguró Caputo.
“La medida -agregó- representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina. Permitirá fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos”.
También permite avanzar en los objetivos del Gobierno Nacional de impulsar la actividad económica y fomentar la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía, según destacaron en Economía.
En ese sentido, el Gobierno Nacional también convoca a las provincias a que se adhieran a este régimen y eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida.