El Central da una señal al mercado y elimina otra traba para mover dólares

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La autoridad monetaria emitió la Comunicación “A” 8042 que deja sin efecto la famosa A 7340 resistida por los inversores. Los dólares provenientes de capital e intereses de títulos públicos no deberán pasar por una cuenta bancaria, desde el 1 de julio.

El Banco Central eliminó uno de los cerrojos del cepo cambiario que era resistido por el mercado, al eliminar una traba para mover dólares.

Para esto emitió la Comunicación “A” 8042 en la que se consignó que no será necesario transferir a una cuenta bancaria los dólares obtenidos por el cobro de capital e intereses de títulos de deuda pública.

Básicamente, cuando hoy se cobran dólares de intereses o capital de un título público en una cuenta comitente es obligatorio que sean transferidos a una cuenta bancaria. Es decir que no se pueden tener dólares depositados en una comitente.

Pero esto cambiará desde el 1 de julio.

Esa obligación “no resultarán de aplicación en las compras de títulos valores que concreten los clientes con fondos en moneda extranjera recibidos en los 15 (quince) días hábiles previos a partir del cobro de capital y/o intereses de títulos de deuda emitidos por residentes”, explicó el Central en la mencionada norma.

Y agregó que lo expuesto es de aplicación en la medida que la reinversión de los fondos por parte del beneficiario resulte neutra en materia impositiva respecto de la operatoria de acreditación de los fondos en una cuenta a la vista del beneficiario en una entidad financiera y su posterior débito para la compra de valores.

 

 

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