La medida forma parte de la normalización del acceso al mercado de cambio que se dispuso a través de la comunicación A7030, cuya vigencia se extiende hasta el 31 de julio.
Los importadores podrán acceder al mercado oficial de cambios para hacer frente a las obligaciones a partir del momento que se despacha el embarque en puerto de origen, según una disposición del Directorio del Banco Central de la República Argentina.
La medida forma parte de la normalización del acceso al mercado de cambio que se dispuso a través de la comunicación A7030, cuya vigencia se extiende hasta el 31 de julio.
De tal manera, se libera el acceso al mercado oficial de cambio para el pago de:
• Provisión de medicamentos críticos.
• Compra de kits para la detección del coronavirus COVID-19.
• Bienes que correspondan a operaciones que se embarquen a partir del primero de julio o que, habiendo sido embarcadas con anterioridad, no hubieran arribado al país antes de esa fecha.
• Insumos para la producción local de medicamentos.
• La realización de pagos de importaciones en la medida que el monto no supere el equivalente a USD 1.000.000.
• Se incrementará al equivalente a USD 3.000.000 cuando se trate de la provisión de medicamentos u otros bienes relacionados con la atención médica o insumos necesarios para la elaboración local de los mismos.
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