Ya no se cobrará el 30% adicional, lo que abarata los pagos en dólares con tarjeta fuera de la Argentina. Se sigue cobrando la percepción de Ganancias y Bienes Personales, que se devuelve al año siguiente.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero emitió una nueva resolución que establece un régimen de percepción del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales aplicable a diversas operaciones en moneda extranjera.
Este régimen se aplicará a la compra de divisas, servicios contratados en el exterior y otros pagos relacionados, con una alícuota del 30 por ciento sobre los montos en pesos. Se excluyen operaciones vinculadas a salud, educación y protección civil. Los sujetos pasibles de percepción son residentes en el país, y los agentes de percepción incluyen entidades financieras y agencias de viajes.
El impuesto PAIS que se venía aplicando hasta ahora era de 30%, pero a partir de la semana que viene se deja de cobrar. Por lo tanto solo quedaría la percepción del 30%, que se devuelve al año siguiente en el caso de los que pagan Ganancias o Bienes Personales.
La resolución también establece un procedimiento para la devolución de percepciones a quienes no sean contribuyentes de los impuestos mencionados.
“Tratándose de obligaciones tributarias diferentes, la finalización de la vigencia del impuesto PAIS no conllevaría la culminación del régimen de percepción antedicho, pero obliga a la adecuación de la técnica legislativa empleada en la Resolución General N° 4.815, sus modificatorias y complementarias”, explica la resolución de ARCA publicada hoy en el Boletín Oficial.
“La percepción del impuesto en la fuente es una herramienta utilizada a fin de asegurar el cobro de los impuestos a través de agentes de percepción cuando se verifican operaciones que, tal como las oportunamente comprendidas en la mencionada resolución general, permiten inferir razonablemente la capacidad contributiva de determinados sujetos”, agrega.