Lo informó el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont. También elevó de 10.000 a 30.000 pesos el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.
Las billeteras virtuales deben informar a AFIP los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a $ 90.000, informó el organismo recaudador.
La AFIP indicó que las nuevas disposiciones optimizan la calidad de los datos con los que cuenta la AFIP para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales.
Actualiza montos a partir de los cuáles las administradoras de billeteras virtuales informan los movimientos de sus clientes.
No implica ningún cambio para los usuarios
Establece en $30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.
Además las billeteras virtuales deben informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a $ 90.000.
Nuevo requerimiento para las empresas del sector que optimiza la capacidad de control y calidad de la información: fija umbral de $200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales.
La Resolución General 5193/2022 se publica este viernes en el Boletín Oficial.