La presentación de los bancos extranjeros fue realizada ante el juzgado Civil y Comercial de la ciudad santafesina de Reconquista, a cargo de Fabián Lorenzini, el 3 de junio pasado, por la abogada Antonela Miño.
Los bancos extranjeros acreedores de Vicentin solicitaron al juzgado en el que se tramita el concurso de la agroexportadora la realización de “una valuación independiente” de los activos de la compañía “por una firma especialista en la materia” y criticaron -en conformidad con la veeduría- el informe general de la Sindicatura.
La presentación de los bancos extranjeros fue realizada ante el juzgado Civil y Comercial de la ciudad santafesina de Reconquista, a cargo de Fabián Lorenzini, el 3 de junio pasado, por la abogada Antonela Miño, reportó la agencia de noticias Telam.
La letrada lo hizo en representación de Matías López Figueroa y Martín Beretervide, apoderados de International Finance Corporation, Nederlandse Financierings-Maatschappij voor Ontwikkelingslanden N.v. (FMO), Natixis New York Branch y Cöperatieve Rabobank UA.
El texto, realizado en base al informe N°7 de la Veeduría del concurso, critica la falta de elementos en el informe general de la Sindicatura sobre las causas de la cesación de pagos de Vicentin y la omisión en el mismo de las causas penales que afrontan los exdirectivos de la empresa.
Tras analizar el informe de los veedores, Sergio Arelovich y Juan José López Forastier, los bancos foráneos acreedores dijeron que “se justifica la realización de un valuación independiente por una firma especialista en la materia y que permita a los acreedores (…) conocer a ciencia cierta y con base en técnicas y metodologías validadas según prácticas internacionales para este tipo de valuaciones complejas, la estimación de los valores probables” de los activos de Vicentin.
La presentación de los bancos extranjeros, a la que accedió Télam, cita las críticas realizadas por la Veeduría a “la metodología empleada por la Sindicatura” para realizar la valuación de los activos de Vicentin SAIC.
La Sindicatura estimó “el valor de la entidad” en U$S 1.253 millones, pero los veedores indicaron que ello surge del “valor de los flujos, sin descontarles las deudas” e indica que “lo que demuestra ese número es un desconocimiento de las técnicas de valuación”.
El trabajo también cuestiona “la tasa de descuento utilizada” en la valuación así como que “se parta de un patrimonio neto positivo, el cual no se indica de dónde surge”.
Los bancos extranjeros acreedores de Vicentin se quejan también de “las múltiples y graves deficiencias que exhibe el informe complementario de la Sindicatura”, cuyo resumen general ya había sido cuestionado por el Comité de Acreedores de la empresa en abril pasado al considerarlo “superficial, sesgado y carente de rigor técnico”.
Entre otros puntos, el Comité de Acreedores apuntó entonces a que el informe “poco aclara” sobre las “causas del desequilibrio económico” que derivó en la cesación de pagos de la compañía.
En la presentación del 3 de junio en el juzgado, los bancos internacionales citan el informe de los veedores sobre la devaluación del peso como “causa explicativa del desequilibrio económico” de Vicentin.
Y aseguran con la Veeduría que “pareciera que la administración de la concursada hubiera habitado territorios alejados a la Argentina real, en la cual las devaluaciones constituyen casi una marca de origen, por la cual la responsabilidad de dejar expuesta a la empresa al devenir de la relación peso-dólar es sin dudas de la administración”.
Además, los bancos cuestionan que el informe de la Sindicatura omita las causas penales por estafa que se tramiten contra los directivos de Vicentin.
Aclara que “si bien se trata de una dimensión por fuera del ámbito comercial, ingresa en el terreno de la responsabilidad de la conducción de la empresa, las cuales claramente tienen un efecto reputacional emergente”.
Por último, consideraron como otra omisión del informe “la transferencia masiva de bienes registrables a terceros” realiza por directores y accionistas de Vicentin, “quitando cobertura a la acompañamiento de garantías”.