Es para aquellos de entre 13 y 17 años. No hay necesidad de estar acompañados para su apertura por sus representantes legales
El Banco Central de la República Argentina dispuso a través de la ComunicaciónA6700 que las entidades financieras puedan ofrecer a los adolescentes de entre 13 y 17 años de edad una caja de ahorro, sin la necesidad de estar acompañados para su apertura por sus representantes legales. El titular de la cuenta será el menor, sin admitirse autorizados.
La cuenta será en pesos y no tendrá costos de apertura, de mantenimiento, ni por la utilización de los cajeros automáticos de la propia entidad financiera o el home banking.
La cuenta estará asociada a una tarjeta de débito mediante la cual el adolescente podrá hacer compras, transferencias, extracciones en cajeros automáticos o en puntos de venta o por ventanilla y otras operaciones cotidianas.
Desde esa cuenta se podrán constituir depósitos a plazo fijo en pesos, en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por CER (UVA) y en Unidades de Vivienda actualizables por ICC (UVI), de modo tal de poner a disposición de los adolescentes un instrumento de ahorro de largo plazo.
Se admitirán acreditaciones, tanto a través de canales electrónicos como en efectivo hasta el importe equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil por mes calendario. Dicho límite podrá ser incrementado mediante autorización expresa de quien ejerza la representación legal del menor.
Esta normativa fomenta la inclusión y educación financiera de los adolescentes, promueve a su vez la bancarización y el uso de los medios electrónicos de pago –tales como tarjetas de débito, transferencias, código QR, aplicaciones para celulares– y otorga a estos menores un servicio que les facilita la realización de sus transacciones cotidianas.