El objetivo es que las entidades financieras puedan ofrecer a los clientes una alternativa adicional a la hora de la contratación del crédito.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la comunicación A 6715, dispuso ampliar las opciones para la contratación de préstamos de Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) por parte de individuos y MiPyMEs.
Al momento de la contratación, las entidades deberán ofrecer a esos clientes al menos una de las siguientes opciones:
1 – Extender el número de cuotas originalmente previstas cuando el importe de la cuota a pagar supere en 10% el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (CVS) desde su desembolso. En esa circunstancia, que deberá ser notificada al cliente –por medios electrónicos cuando sea posible– y ante su solicitud expresa de ejercer tal opción, la entidad financiera deberá extender en hasta 25% el plazo originalmente previsto para el préstamo.
2 – Que el importe de la cuota no supere en 10% el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el CVS desde su desembolso, sin que ello implique extender el número de cuotas originalmente previsto. Cuando se trate de financiaciones otorgadas en el marco del ProCreAr, el costo de esta opción podrá ser trasladado al cliente. Esta segunda modalidad es nueva.
El objetivo es que las entidades financieras puedan ofrecer a los clientes una alternativa adicional a la hora de la contratación del crédito. La norma, que entra en vigor a partir de su publicación, rige para los nuevos contratos que se firmen con esas modalidades.
En el marco de la promoción del desarrollo económico con equidad social, el BCRA continuará adoptando medidas destinadas a fomentar la inclusión financiera de la población mediante el acceso al crédito de manera segura para el consumidor y sostenible para el sistema en su conjunto.