Los empleados tienen hasta el 15 de julio para informar los alquileres

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Por Sebastián M. Domínguez

CEO de SDC Asesores Tributarios

Ocho meses después de la sanción de la Ley 27.737, la AFIP reglamentó la deducción del 10% monto total anual de alquileres de inmuebles destinados a casa habitación en el impuesto a las ganancias.

Los empleados que deban informar la deducción por los alquileres de 2023 tienen tiempo hasta el 15/07/2024 a los efectos de que sus empleadores la puedan considerar en la liquidación anual de 2023.

Pasado ese plazo, ya no podrán hacerlo.

Requisitos y Procedimientos

A partir del Período Fiscal 2023, tanto locadores como locatarios pueden beneficiarse de esta deducción adicional, además de otras ya existentes.

La AFIP, mediante la Resolución General 5521, reglamentó la deducción.

Aquí detallamos los aspectos más importantes:

  • Información en el Formulario F572Web: Los empleados deben informar la deducción del 10% del monto mensual de los alquileres de inmuebles destinados a casa habitación a través del Formulario F572Web.

  • Locadores en Régimen del Monotributo: La deducción puede ser computada por el locador el impuesto a las ganancias, incluso si ha optado por declarar los ingresos por alquileres bajo el Régimen del Monotributo.

  • Documentación Respaldo: Es necesario que el monto de los alquileres abonados esté respaldado por una factura o documento equivalente emitido por el locador, según lo estipulado en el contrato de locación.

  • Presentación del Contrato de Alquiler: En el primer período fiscal en que se aplique la deducción y con cada renovación del contrato, el empleado debe enviar una copia del contrato de alquiler en formato .pdf a la AFIP a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

Fecha Límite: 15 de Julio de 2024

Es fundamental que los empleados informen el importe de los alquileres de 2023 mediante el Formulario F. 572 Web hasta el 15 de julio de 2024. De no hacerlo, perderán la oportunidad de que sus empleadores consideren esta deducción al momento de realizar la liquidación anual de 2023. El monto correspondiente a la deducción por alquileres deberá ser incluido por los empleadores en el ítem “Otras Deducciones” del Formulario F. 1357.

No hay que perder esta oportunidad

En el actual contexto económico, donde cada peso cuenta, aprovechar esta deducción puede marcar una diferencia significativa en la economía de los empleados.

Por eso es importante estar atentos a todas las deducciones que pueden generar un beneficio al tributar un menor impuesto a las ganancias.

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