Habrá por lo tanto un total de 19 feriados y tres fines de semana serán extralargos. Todo el detalle difundido por el ministerio del Interior y el de Turismo y Deportes
El Ministerio del Interior y el de Turismo y Deportes dieron a conocer el cronograma de feriados para el año 2023, dispuestos por el decreto 764 firmado por el presidente Alberto Fernández, que será publicado el próximo martes en el Boletín Oficial, y que prevé para el año próximo 14 feriados inamovibles, 2 trasladables y 3 con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 19 días festivos.
Entre los inamovibles están:
1° de enero (Año Nuevo)
20 y 21 de febrero (Feriados de Carnaval)
24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
7 de abril (Viernes Santo)
1° de mayo (Día del Trabajador)
25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes)
20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
9 de julio (Día de la Independencia)
20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional)
8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
25 de diciembre (Navidad)
En tanto, los feriados trasladables serán los siguientes:
El 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín) se celebrará el lunes 21 de agosto, y el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) se celebrará el lunes 16 de octubre.
En cuanto a los feriados con fines turísticos, el decreto estableció como fechas:
Viernes 26 de mayo (puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo)
Lunes 19 de junio (puente con el feriado del martes 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
Viernes 13 de octubre (fin de semana largo, de cuatro días, por traslado del jueves 12 de octubre -Día del Respeto a la Diversidad Cultural- al lunes 16 de octubre.
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