El Senado aprobó el proyecto e incluyó en el artículo 71 un blanqueo de dólares para la compra de viviendas usadas.
El Presupuesto 2023 convertido en ley por el Senado incluye en su artículo 71 un blanqueo de dólares para la adquisición de inmuebles usados.
El artículo 71 establece una enmienda a la ley 27.679 de blanqueo para la construcción, a los fines de incorporar en esa normativa un permiso para la “la adquisición de un inmueble usado que sea afectado:
1) con destino exclusivo a casa-habitación del declarante de los fondos y su familia, o
2) por un plazo no inferior a diez años, a la locación con destino exclusivo a casa-habitación del locatario y su familia”.
Con esta modificación se permite que los fondos declarados en el marco del vigente régimen de blanqueo para la construcción sean también utilizados para la compra de viviendas usadas.
El texto detalla, además, que en ambos casos, “su valor de adquisición deberá resultar igual o inferior a dos veces el importe previsto en el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, vigente al 31 de diciembre del período fiscal inmediato anterior al de la mencionada adquisición”.
En los hechos, ese ítem implica que actualmente el valor de adquisición del inmueble debe ser igual o inferior a US$ 399.547, cálculo que surge de dividir el doble del importe previsto en Bienes Personales ($30 millones x 2) sobre la cotización actual del dólar oficial ($150,17), valor que se actualiza cada año.