Billeteras virtuales deben informar a AFIP transferencias mayores a $200.000

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Lo informó el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont. También elevó de 10.000 a 30.000 pesos el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.

Las billeteras virtuales deben informar a AFIP los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a $ 90.000, informó el organismo recaudador.

La AFIP indicó que las nuevas disposiciones optimizan la calidad de los datos con los que cuenta la AFIP para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales.

Actualiza montos a partir de los cuáles las administradoras de billeteras virtuales informan los movimientos de sus clientes.

No implica ningún cambio para los usuarios

Establece en $30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.

Además las billeteras virtuales deben informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a $ 90.000.

Nuevo requerimiento para las empresas del sector que optimiza la capacidad de control y calidad de la información: fija umbral de $200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales.

La Resolución General 5193/2022 se publica este viernes en el Boletín Oficial.

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