La Resolución General 895/21 publicada en el Boletín Oficial establece una nueva disminución de los plazos de permanencia vigentes y modifica la regulación relativa a la operatoria de los comitentes de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs).
La Comisión Nacional de Valores dispuso una serie de medidas relativas a los plazos de permanencia para la venta de valores negociables y a la participación de los comitentes respecto de las operaciones concertadas con liquidación en jurisdicción extranjera.
La Resolución General 895/21 publicada en el Boletín Oficial establece una nueva disminución de los plazos de permanencia vigentes y modifica la regulación relativa a la operatoria de los comitentes de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs).
A continuación, se resumen las medidas adoptadas:
1- Disminución del plazo de permanencia de tres a dos días hábiles para personas humanas y jurídicas que compran un activo en pesos y luego lo venden con liquidación en dólar Cable.
2- Determinación de un plazo de permanencia de dos días hábiles para personas humanas y jurídicas que compran un activo en dólar MEP y luego lo venden con liquidación en dólar Cable.
3- Disminución del plazo de permanencia de tres a dos días hábiles para personas humanas y jurídicas que realizan una Transferencia Receptora y luego venden el valor negociable con liquidación en dólar Cable.
4- Disminución del plazo de permanencia de tres a dos días hábiles para personas humanas y jurídicas que compran un activo en pesos y luego realizan una Transferencia Emisora.
5- De forma transitoria, las cuentas de los comitentes no incluidos en el concepto de carteras propias de los ALyCs, para el conjunto de valores negociables de renta fija soberanos nominados y pagaderos en dólares estadounidenses, deberán limitar sus posiciones vendedoras netas a 100.000 nominales semanales cuando se trate de operaciones con liquidación Cable, con un límite de 50.000 nominales para aquellos emitidos bajo legislación local y 50.000 nominales para los emitidos bajo legislación extranjera.
Esta resolución se dicta con el propósito de optimizar el marco normativo vigente, atento a la dinámica observada en la negociación de activos en pesos y en dólares, para una mejor integración de los distintos segmentos de negociación del mercado de capitales y con el objetivo de contener riesgos sistémicos y brindar estabilidad de precios en la operatoria de valores negociables, en el marco de la política económica actual.