Créditos UVA: los detalles de cómo se aplicará el congelamiento de las cuotas

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Será para todos los préstamos hipotecarios y también prendarios hasta el 30 de septiembre. También se suspenden las ejecuciones por falta de pago.

Congelamiento del valor de las cuotas: hasta el 30 de septiembre, la cuota mensual de los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única, al mes de marzo del corriente año. La misma medida de congelamiento y por el mismo plazo fijado en el párrafo anterior, se aplicará a las cuotas mensuales de los créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Suspensión de ejecuciones: también hasta el 30 de septiembre no podrán efectuarse ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales sobre los inmuebles que incluye el decreto. La medida alcanzará a los lanzamientos ya ordenados que no se hubieran realizado a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto. Igual medida y por el mismo plazo se aplicará a las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Deudas por diferencia en el monto de las cuotas: la diferencia entre la suma de dinero que hubiere debido abonarse según las cláusulas contractuales y la suma de dinero que efectivamente corresponda abonar por aplicación del congelamiento tendrán que abonarse en al menos, al menos tres cuotas sin intereses, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento, la primera de ellas, en la misma fecha del vencimiento de la cuota del crédito que contractualmente correspondiere al mes de octubre. En ningún caso se aplicarán intereses moratorios, compensatorios, ni punitorios ni otras penalidades previstas en el contrato.

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