El decreto 668/2019 establece que los excesos de liquidez de los organismos del Estado sólo podrán destinarse a estos instrumentos.
Los excesos de liquidez de los organismos públicos, entre estos el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), sólo podrán ser invertidos en letras del Tesoro, de acuerdo con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado hoy en el Boletín Oficial.
Precisamente, el DNU 668/2019 establece que, hasta el 30 de abril de 2020, las entidades del sector publico -con la excepción de los poderes Legislativo y Judicial, “sólo podrán invertir sus excedentes transitorios de liquidez, mediante la suscripción de Letras precancelables emitidas a un plazo que no exceda los 180 días por el Tesoro Nacional.
El DNU, que lleva la firma de Mauricio Macri, llega en momentos en que el Fondo Monetario Internacional (FMI) dilata un desembolso por unos 5.400 millones de dólares, debido a la situación política del país.
La decisión de la administración nacional busca de este modo cerrar las necesidades de financiamiento hasta diciembre.
El DNU incluye las Letras cuyo pago el Gobierno “reperfiló” semanas atrás, uno de cuyos tenedores principales es el FGS de la Anses.